domingo, 10 de mayo de 2015

Escuela de los Glosadores o Bolonia







Irnerio de Bolonia: 
Bolonia  1050- 1130.   





''El corpus iuris civilis , última palabra de sabiduria''
La Glosa




Francisco Accursio: nació en Bagnolo, 1185 - murió en Florencia, 1263






Creador de la Glosa Magna



sábado, 9 de mayo de 2015

Escuela de los postglosadores o comentaristas siglo XIV


Bártolo de Sassoferrato: 
Nació en Venatura, pueblo cercano a Sassoferrato, 1313 - murió en Perusa, 13 de julio de 1357  


''No hay buen jurista si no es bartolista''

Mos itallicus:
Estilo italiano de estudiar el derecho romano

Método escolástico: 

         -Lección
         -Cuestión
         -Disputa

viernes, 8 de mayo de 2015

Escuela de derecho humanista siglos XIV y XV

Andrea Alciato: nació en Alzate (Italia) 1492-1550 fundador de la escuela.






Método filológico















Jacques cujas(1522-1590)





Mos gallicus:
impacto del humanismo en la enseñanza e interpretacion del derecho romano.







jueves, 7 de mayo de 2015

Escuela racionalista del derecho natural siglo XVII.








Hugo Grosio:  
(1583-países bajos 1645 Alemania)








"El Derecho de Gentes es el dictado de la  razón  y existiría aunque Dios no existiese."









-Iusnaturalismo clasico y moderno

-codigo civil frances de 1804.

miércoles, 6 de mayo de 2015

Escuela historica de derecho siglo XIX


 Gustavo Hugo: (1764-1844) fundador






















Friedich von Savigny



''Al lado de los hombres hay espiritus que influyen en su destino, ya sea favoreciendolo o dañandolo''

Impulso a la dogmática juridica

martes, 5 de mayo de 2015

Escuela de los pandectistas


Bernhard Windscheid:  26 de julio de 1817 –  26 de octubre de 1892 


Código Civil Alemán (BGB).



La tesis de Windscheid estableció el moderno concepto de la ley alemana de Anspruch (más o menos, un reclamo legalmente exigible), distinguiéndola del concepto de Derecho romano de actio.






lunes, 4 de mayo de 2015

La Recepción

El mundo cultural de occidente determinó al derecho de roma         como el derecho por excelencia, como la manifestación de la           razón juridica

Andrés de Jesús María y José Bello López (Caracas, 29 de noviembre de 1781 - Santiago, 15 de octubre de 1865)












Aldecio Vélez Sarsfield


(Amboy, Córdoba, 18 de febrero de 1800 – Buenos Aires, 30 de marzo de 1875








domingo, 3 de mayo de 2015

Resumen de la exposición

Escuelas de derecho romano a partir del siglo XI
Integrantes del grupo: 
-Jose Milton Vargas Ortiz
-Edison Rodrigo Calcetero Cubillos
-Jose Julian Vargas Montañez
-Angie Cathalina Camargo Garzón
-Laura Natalia Echeverria Melgarejo


La escuela de los glosadores o de Bolonia fue fundada por un monje llamado Irnerio en el siglo XI, éste monje se encontraba investigando en una biblioteca y se encontró un libro, éste era el Digesto, parte del Corpus Iuris Civilis del emperador Justiniano. Estos glosadores se dedicaron a estudiar el corpus iuris usando el método de glosa, la glosa es el análisis e interpretación de un texto en este caso, el corpus iuris. Para organizar las glosas usaron clasificaciones que fueron: -sumas: exposiciones de títulos del digesto, -aparatos: que es cuando se enlazaban las glosas, -casos: que eran exposiciones breves de fragmentos, distinciones: explicaciones sobre conceptos jurídicos, -brocardos: reglas generales que se lograban extraer.
Los glosadores son considerados exegetas por que solo se enfocaban en explicar el corpus iuris sin mirar mas allá o autocriticarsen. Para los glosadores el corpus iuris civilis era la ultima palabra de sabiduría. Francisco Acursio se encargo de la gran labor de crear la glosa Magna o glosa mayor, esta fue una compilacion de alrededor de 100.000 glosa contemporaneas y pasadas.

La escuela de los postglosadores o comentaristas se creó a partir del siglo XIV en Francia por dos grandes juristas, Bellapertica y Jacobo de Ravanir, pero alcanzó su cúspide gracias a Bártolo de Sassoferrato y su discipulo Baldo. El trabajo principal de esta escuela era hacer comentarios y opiniones juridicas a las glosas, de ahi el nombre de comentaristas. Su objetivo era mas practico que teorico, se enfocaban mas en poner en practica el corpus iuris en el derecho vigente. Desarrollaron el Mos Itallicus que es el estilo italiano de estudiar el derecho. Para el desarrollo de sus comentarios, usaron el metodo escolastico.

Los humanistas.
 Surgieron a partir del siglo XVI ,la labor de los humanistas traen exigencias reformadoras con el objetivo de crear  un sistema moderno el cual era reflejado con la llegada de la edad moderna,y su gran aporte el renacimiento.
los humanistas aplicaron un metodo filologico, el cual establecia el sentimiento exacto al corpus iuris civilis ,argumentado con la pasion de estudiar los textos originales,en el metodo se logro el MOS GALLICUS en su maxima definicion de interpretacion y enseñanza francesa del derecho romano.
El MOS GALLICUS busco la interpretacion de los textos originales del derecho romano se intereso en la fijacion de interpolaciones ,a precisar en interpretar el corpus iuris civilis su amximo exponente lo encontró en JAQCUEZ CUJAS.

ESCUELA RACIONALISTA DE DERECHO NATURAL

Su máximo exponente lo encontró en Hugo Grosio quien aparece con ideas teóricas del derecho natural,buscan la construcción de un movimiento codificador en el cual establece la doctrina ius naturalista, se encuentra reflejado por la conducta social que brota especialmente del hombre y la sociedad "el derecho natural es el derecho que nace con el hombre por el solo hecho de ser humanos".

Escuela Historica del derecho:
Esta escuela fue fundada en el siglo XIX por Gustavo Hugo pero el que la llevo  a la cúspide fue Federico von savigni  el decía que el derecho no podía ser producto de la rason sino dela convicción del pueblo esta escuela era llamada escuela histórica, porque en esta se estudiaba el pasado pero aun así también estaba la del presente por este motivo se impuso la dogmática y adoptaron el derecho romano como base de esta  en esta escuela se perfecciono la formación de los con septos y se mejoró la abstracción de doctrinas y la profundización delas relaciones jurídicas.

Los Pandectistas: Desde el siglo XV comienza a recibirse en Alemania el derecho romano como ordenamiento positivo y rige como derecho comun, tiene su apogeo en siglo XIX gracias a Savigny y su escuela historica alemana, se dedican al estudio sistematico del digesto, por esto llamados pandectistas dando comprension a las reglas positivas dentro de sus conexiones organicas. Esta escuela trataba de analizar los textos del derecho romano con un método dogmático buscando la extraccion de principios asi como la vision de nuevos conceptos. Windscheid dijo ''entiendase por derecho de pandectas, el derecho privado comun aleman de origen romano
La Recepción: Fue un régimen sistemático, organizó las obras hechas por las anteriores escuelas para integrarlas en un solo derecho, no solo se dedicaron a lo teorico sino tambien a lo práctico, declararon al corpus iuris civilis como derecho aplicable e infundieron los principios del derecho romano, este derecho prevalecio principalmente en alemania hasta 1900 cuando fue sustituido por un codigo nacional. Se declara al derecho romano como el derecho por excelencia en todo occidente, los personajes mas representativos Andres Bello, Dalmacio Vélez Sarsfield y Augusto Teixeira de Freitas